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7. Este dicho día el Cabildo ordinario que se quedó como de costumbre, ordenó y mandó que pasada la octava del Corpus, el Sr. Canónigo Montoya, como puntador, tenga cuenta y advierta si el maestro de capilla cumple con sus obligaciones en la escuela viniendo a ella por las mañanas una hora antes de Prima a ella y por la tarde, una hora antes de Vísperas y otra después; y por cada vez que no lo cumpla, le punte 2 reales y dé relación de ello al Cabildo para si no cumpliere como está obligado se ponga otro remedio.