Quando quiera pues que el canto subiere ò baxare, saltando de vn Signo en otro sin intermedias vozes, como es saltanto con salto de tercera, de quarta, de quinta, ò de otro qualquier salto, en el qual se ouiere de hazer mutança, entonces es menester para hazerla tener auiso de poner a cada voz el nombre que le conuiene, como si caminasse con bozes continuadas y seguidas ò arreo: de tal manera, que dexados en silencio los nombres de la[s] vozes intermedias que saltaren, se han de nombrar las que ouiere, atrauessando de vn Signo à otro por passar de vna Propriedad à otra, y entonando al respecto de las vozes que se presuponen.
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