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cantor | Bermudo, Juan - Declaración de Instrumentos Musicales - 1555 - V, 11, - f126ra

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Despues que el cantor vuiere vsado composicion de canto llano: exercite se en algunas abilidades. La primera sea ca[n]tar por la mano, que es composicion de improviso. Sirue esta abilidad a muchas cosas. Allegays a vn lugar, vays a vna hermita, quereys cantar vna mißa, o visperas por deuocion, o por obligacion, y no ay libro: ta[n]to sirue la mano del que esta abilidad tuuiere: como el libro. […] El que esto quisiere hazer, es menester primero auer compuesto mucho canto llano, estar cierto en las entonaciones de todas las distancias, y que se aya dado a componer particularmente a un modo: del qual sepa paßos particulares de e[n]tradas, mediaciones, y clausulas finales.

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cantor

Bermudo, Declaración de Instrumentos Musicales, 1555, V, 11, f126ra