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gradatín | Bermudo, Juan - Libro Primero de la Declaración de Instrumentos - 1549 - 29, - f86v-87r

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Note / se, que para ser vno [sic =una] [consonancia] diapente, o diatessaron: ha / [f87r] de yr seguida, q[ue] por otros terminos se llama gra / datin, o de salto. Qualquiera consonancia que co[n] / ellos se mezcle de tono o semitono: los deshaze. Y / porque vnisonus no es consonancia, sino princi / pio, segun dize Boecio, de consonancia: aunque en / medio del diape[n]te, o del diatessaron estuuiere[n] dos / puntos vnisonantes: no se pierden las dichas con / sonancias. Algunos cantores en esta regla sacan / por excepcion, si en el vn punto d[e] los dos no se hizie / re clausula: que en el tal caso se pierden las dichas / consonancias. No van tan fuera de razon, que no / se pueda prouar. Porque haziendo clausula, aca / bose la sentencia en el tal punto: tambien es razo[n], / que se acabe el canto.

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Bermudo, Libro Primero de la Declaracion de Instrumentos, 1549, 29, f86v-87r