Mas sobre todo aduiertas que no les emiendes [ a los maestros] sus composiciones , si auezes hallaras en ellas cosa que sea contra las reglas que te enseñaron: porque es permitido al Maestro vsar en sus composiciones de los passos q[ue] deueda à sus dicipulos: y es, que si el Maestro haze vn paso que sea co[n]tra las reglas musicales, los que ven tal passo, y conocen por fama la persona que lo hizo, le atribuyran à licencia que llaman poetica (que es permitida à los que tienen ganado ya el nombre de buenos Compositores y por auer publicado diuersas obras, en las quales dieron à conocer, que ya saben distinguir lo bueno de lo malo) y no a i[g]norancia. Mas si vn mancebo, que todauia esta en reputación de dicipulo, vno que no tiene compuesto ni publicado obras, y vno que por fama no es conocido, hiciere el mesmo passo licencioso, los professores que entienden la atribuyan a i[g]norancia, y no à licencia poetica.