Quando la Quarta se diere dentro de Sexta, ò de otra qualquiera Consonancia dada à tres, quatro, ò mas vozes; necessariamente la tal Quarta ha de yr à la parte superior ò en medio , y nunca à la parte inferior . De donde se infiere que necessariamente siempre ha de dar Consonancia en la parte inferior; y en ninguna manera Dissonancia; excepto en las ligaduras y Clausulas. La razon porque la Quarta se puede dar à la parte superior y en medio es, porque la Consonancia que va à la parte inferior contiene en si tanta fuerça y virtud; que puesta por fundamento de la Quarta, que es (hablando como pratico ) Dissonancia, la conuierte en Consonancia; quitandole à encubriendole el falso sonido, que de su naturaleza tiene.