Qua[n]do el co[n]trabaxo hiriere la septima en la segu[n]da mitad del semibreue de la clausula, (la qual como dicho es, se puede hazer sostenida y remissas [sic]) en tal caso se ha de dar en esta segu[n]da mitad del semibreue de la clausula, tercera a la parte inferior y tercera a la parte superior, y otra tercera en medio, y de mas desto, el tenor y el co[n]tra alto necessariamente han de herir vnisonus, al mismo tie[m]po q[ue] el tiple hiere la minima, q[ue] se sigue inmediatamente despues del semibreue de la clausula. La razo[n] desto es porque de[n]tro de la sesta q[ue] el contrabaxo y el tiple hieren, de[n]tro de la qual se hiere el vnisonus, no cabe[n] quatro bozes que sean de diuersos nombres de signos, y de diuersa entonacion. assi mesmo en esta clausula, el contra alto ta[m]bien fenesce haziendo clausula, la qual haze despues de la que haze el tiple.