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Highlighted term: manomano | Bermudo, Juan - Libro Primero de la Declaración de Instrumentos - 1549 - 25, - f73v-74r
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Porque muchas vezes no basta vna deducio[n] / y propriedad para vn modo, o tono, es neces / sario salir d[e] la deducion que començamos: lo qual / no puede ser sin mutança. Para hablar de mutan / ça de la diffinicion començaremos. Mutança, di / zen los Musicos, es ayuntamiento de dos bozes / yguales, de diuersas deduciones y propriedades / en vn signo. De lo que dize de dos bozes: infiero, / que en Gammaut, Are, bmi, y en eela no ay mutança: por / que estos signos tienen a vna boz, y la mutança ha / de ser de dos bozes. […] / empero si en el canto llano, / o de organo, se hallare vn modo, o tono subir de / eela, o abaxar mas que Gammaut: cierto es, que en estos / quatro signos (que la mano del canto señala con / sola vna boz) aura mutança. El signo de estos qua / tro donde la tal mutança se hiziere: passara por el / juyzio de su octaua. Quiero decir, que si la mutan / ça se hiziere en Are: hagan cuenta que es alami / [f74r] re: y si en Gammaut, que es Gsolreut: y assi de los otros / signos. Todas quantas mutanças se hazen son / con bozes de tono, de diatessaron, o de diapente.
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